Provincias buscan aportes extraordinarios para tapar un bache cada vez más grande

El riesgo del desaliento

Con ingresos fiscales que han venido disminuyendo en los últimos 15 años y la falta de constitución de fondos anticíclicos cuando había vacas gordas, algunas provincias están buscando aumentar los ingresos con mayor presión fiscal sobre la minería.
La minería paga en Argentina, en promedio, un 54% de impuestos, de los cuales menos del 8% queda en las provincias. Se trata de la presión impositiva más fuerte de la región y una de las más importantes del mundo.
Explica la especialista Gretel Ledo, cómo son las cosas en otros países de la región: “El régimen impositivo chileno, que no es considerado disuasivo para la inversión, está conformado por un Impuesto a la Renta de Primera Categoría, un Impuesto Específico a la Minería (IEM) y un Impuesto Adicional aplicable a empresas mineras cuyos propietarios sean extranjeros. El Impuesto a la Renta de Primera Categoría consta de una tasa de 17%, que puede ser imputado a los Impuestos Global Complementario y Adicional. Se determina sobre las rentas provenientes de la actividad minera. En cuanto al Impuesto Adicional, las utilidades remitidas al exterior se encuentran sujetas a una tasa general de un 35%. Respecto al IEM, la catástrofe que asoló a Chile el 27 de febrero de 2010 la obligó a realizar un replanteo en términos impositivos con lo cual a partir de la sanción de la Ley 20.469, pasó de un 5% sobre la renta operacional de las mineras a una tasa variable de 4% a 9% para 2010, 2011 y 2012, volviendo a 5% entre 2013 y 2017. Como paliativo para el sector y para no violentar la toma de decisiones, se invitó a las empresas a que optasen de manera voluntaria a la adopción de esta modificación impositiva, a cambio de la extensión del plazo de invariabilidad de sus contratos”.
“El Impuesto a la Renta en Argentina asciende a un 35%, en tanto en Perú 32% y Chile 17%. Si bien Perú presenta además un 8% en concepto de participación de trabajadores, 3% de Regalías y 1,3% de Aporte Voluntario, no cuenta con Impuesto a la Exportación al igual que Chile. De hecho Argentina es el único país que cobra Retenciones llegando a un 9,1% (tampoco lo cobran Australia, Canadá, Colombia ni Sudáfrica)”, indica Ledo, agregando que “Perú presenta una llamativa distribución del Impuesto a las Ganancias. El 50% de la recaudación que efectúa el Gobierno Nacional, se gira a las regiones en donde se desarrollan los proyectos destinados a realizar obras de infraestructura. Se observa así que el secreto es la distribución impositiva de forma directa del poder central a los dueños originarios de los recursos mineros. En tanto, en nuestro país, el dilema de las regalías obedece a una mala política de distribución de ingresos que aporta el sector. La concentración de recursos en manos del Estado Nacional, deja al descubierto la falaz política distribucionista”.
En Argentina, la minería paga a nivel nacional IVA, Ganancias, Bienes Personales (accionistas), Débitos y Créditos, Derechos de Exportación; a nivel provincial Regalías e Ingresos Brutos y, a nivel municipal: ABL y Tasas.
Agrega Ledo que “la reforma que precisa Argentina es disminuir el Impuesto a las Ganancias a un 17% y fijar un porcentual de giro de utilidades de 18%”, y acota que “Chile cuenta con un elevado Impuesto a los Dividendos en pos de desincentivar el giro al exterior de las utilidades. Perú solo cobra un 4,10% y Argentina nada”.

Extraerles a los que extraen

Hoy hay propuestas que pululan en legislaturas provinciales y el Congreso Nacional, que buscan modificar el desigual reparto de la importante masa impositiva que hoy representa la minería, pero en lugar de revisar el equilibrio entre jurisdicciones, proponen aumentar lo que tributan las empresas. Para ello, la mayoría coincide en apuntar a tomar más renta en el punto previo a la generación de los impuestos nacionales, es decir en la etapa de extracción del mineral, en los movimientos de activos entre empresas (como la propuesta de Selsa Hernández, ahora pasada a comisiones), e incluso a la asociación compulsiva con la empresa minera estatal de cada provincia.
Todos ellos ingresan en la categoría de impuestos distorsivos, ya que impactan en la actividad sin tener en cuenta si hay pérdidas o ganancias en la operación, ni la cantidad de otros impuestos que se abonan. Y además, representan un impacto muy superior al nominal, toda vez que se aplican sobre producción bruta, a la que aún no se le han cargado los costos de personal, transporte, exportación, refinado o de impuestos.
El de la asociación compulsiva con la empresa estatal es una muestra más de este sistema. Al proponerse, en muchos proyectos –como el de Chubut–, que es obligatorio asociar a una empresa estatal a todo proyecto minero, sin una contraprestación definida, como puede ser el aporte de capital o la propiedad del yacimiento a explotar, representa ni más ni menos que un impuesto adicional sobre las utilidades que obtendrá la minera, y como tal debería ser computado.
Hay casos en Argentina que muestran que el Estado puede asociarse respetando las reglas del mercado, y en este sentido los casos más emblemáticos son los de Fomicruz, en Santa Cruz, y de Jemse, en Jujuy. La primera se asocia aportando sus propios proyectos, en los que ya ha realizado la exploración –en Cerro Vanguardia, por ejemplo, Fomicruz es socia del 7,5% de la sociedad y percibe además un 6,6% de la producción por ser dueña del yacimiento–, en tanto que Jemse ha suscripto un novedoso contrato para la explotación de litio en Salar de Olaroz, en el que participará con un 8% haciendo un aporte de capital por un porcentual equivalente, una parte en efectivo y otra a cuenta de regalías futuras.

Desaliento

Hace pocos días, ante la presentación del marco regulatorio de la actividad realizado en Chubut, el Centro Argentino de Ingenieros de Minas (Cadim), le advirtió al gobernador Buzzi en una carta que “de nada sirve prometer abundancias que sólo están en la imaginación de quienes copian y pegan disposiciones de otros países que nada tienen que ver con nuestra Argentina y que a nuestro entender, malogran definitivamente por irrazonables, el desarrollo de una industria que no compite con ninguna otra, que genera ingresos por inversiones y productos, mano de obra en blanco: que ahora y siempre tanta falta hacen en cualquier sociedad madura del planeta”.
Algunos funcionarios dicen que “éstas son nuestras reglas y quien no las acepte, que vaya a hacer minería a otra provincia o país”.
Posiblemente si la presión tributaria primaria aumenta, muchas empresas suspendan por tiempo indeterminado sus planes de inversión, hasta que las leyes vuelvan a cambiar y permitan hacer económicamente viable el proyecto.
Contra lo que muchos opositores a la actividad afirman, Argentina no regala sus recursos y las empresas no vienen en tropel a nuestro país porque sea la panacea para realizar pingües negocios. Por el contrario, si se compara solamente con los países vecinos, recibimos mucho menos porcentaje de inversiones que el resto.
El tema es que si aprobamos leyes que saquen dinero extra para cubrir lo que no llega de otros lados, estaremos, como dijo el Cadim, prometiendo “abundancias que sólo están en la imaginación”, ya que el 3, 8, 12 y 20 por ciento de una inversión que no se realiza, es una parte de nada.